sábado, 28 de junio de 2008

¿SABES EN MANOS DE QUIÈN ESTÀ LA SEGURIDAD E INTEGRIDAD DE TUS HIJOS Y DEMÀS SERES QUERIDOS?


DERECHO A LA SEGURIDAD PÙBLICA.

Escucha y ve este discurso de Felipe Calderòn; no importa la fecha ni el lugar.




Ahora escucha a Danilo Lugo:

DELITOS ECONÒMICOS Y FINANCIEROS UNO-DANILO LUGO.


DELITOS ECONÒMICOS Y FINANCIEROS DOS-DANILO LUGO.

DELITOS ECONÒMICOS Y FINANCIEROS TRES-DANILO LUGO.

DELITOS ECONÒMICOS Y FINANCIEROS CUATRO-DANILO LUGO.


DELITOS ECONÒMICOS Y FINANCIEROS CINCO-DANILO LUGO.


DELITOS ECONÒMICOS Y FINANCIEROS SEIS-DANILO LUGO.


Ahora veamos la acusaciòn que hace Lòpez Obrador en contra de Juan Camilo Mouriño actual Secretario de Gobernaciòn de Felipe Calderon:





Veamos ahora aquella entrevista que Joaquìn Lòpez Doriga le hiciera a Juan Camilo Moriño:


Se presume fuertemente que efectivamente se han dado las situaciones de las que nos hablaba Danilo Lugo, en este caso, entre Felipe Calderon y Mouriño:



Por si lo anterior fuera poco, ahora veamos esta nota que Joaquìn Lòpez Doriga diò a finales del mes de abril de este año dos mil ocho, hablando del General SERGIO APONTE POLITO:


http://es.youtube.com/watch?v=xKWqOxv5Jg4

Ve y escucha tambièn este otro video:




Ahora podemos ver què fue lo que el General SERGIO APONTE POLITO dijo en su carta publicada a finales del mes de abril 2008 visitando la siguente direcciòn del Diario EL UNIVERSAL, la cual transcribo a continuaciòn:


http://www.el-universal.com.mx/notas/501268.html


"Carta íntegra del comandante Sergio Aponte Polito

En la misiva detalla, entre otros casos, el hecho de que un acusado de secuestro señaló al jefe del grupo antisecuestros estatal realizaba plagios

Julieta Martínez/Corresponsal
El Universal
Tijuana, Baja California
Miércoles 23 de abril de 2008

13:30 Texto íntegro de la carta del general Sergio Aponte Polito, comandante de la Segunda Región Militar, al procurador general de Justicia, Rommel Moreno Manjarrez.

Mexicali, B. C., a 22 de abril de 2008.

Agradezco la gentileza que me brinda el director del periódico "EL MEXICANO", para poder utilizar el mismo espacio donde se publicó la petición que formuló el Lic. Rommel Moreno Manjarrez, procurador general de Justicia del estado, respecto al ofrecimiento de pruebas que demuestren la corrupción en la que incurren algunos elementos de ciertas corporaciones policiales de esta entidad federativa.

Señor Procurador:

Inicialmente, hago de su conocimiento que soy un militar que durante toda mi carrera profesional, me he esmerado en realizar mis actividades con entusiasmo, responsabilidad, eficiencia y honestidad; pero además, en mi contacto con la sociedad, expreso mis ideas con claridad, veracidad y entereza; motivo por el cual, me he ganado la confianza y respeto de mis compañeros de armas; así como la credibilidad y apoyo de la población civil, sobre todo en las acciones realizadas contra el narcotráfico, la corrupción y la impunidad, debido a que son actividades que causan graves daños a la sociedad mexicana; por lo antes señalado, el hecho de no dar respuesta a su solicitud dañaría severamente la credibilidad que he obtenido debido a muchos años de esfuerzo, privaciones y riesgos.

En tal orden de ideas y en relación a la petición que usted formuló por conducto de los medios de comunicación, le menciono que ésta fue tardía, desconcertante e innecesaria, ya que una semana antes, en una ceremonia de incineración de enervantes, el suscrito, informó a la sociedad de Baja California, los resultados excelentes que el personal de la II Región Militar ha obtenido en el combate al narcotráfico y delincuencia organizada, mencionando entre otros datos que en el año 2007, fueron aseguradas 399 toneladas con 481 kilos de mariguana; 2 mil 723 kilos de cocaína; 251 de heroína; 223 de cristal; 467 vehículos y 595 armas de fuego. Asimismo, fueron puestos a disposición de las autoridades federales, 570 individuos por delitos contra la salud y violación a la Ley Federal de Armas de Fuego; igualmente, en los primeros meses del presente año, se han asegurado: 72 toneladas con 257 kilos de mariguana; 222 kilos de cocaína; 3 de cristal; 15 de metanfetamina; 398 vehículos; 528 armas de fuego; y se han puesto a disposición de las autoridades federales, 392 personas detenidas en flagrancia por diversos delitos.

Finalmente hice mención, que para obtener mejores resultados en el combate al narcotráfico y a la delincuencia organizada, se debería continuar agilizando e impulsando las acciones para sanear algunas corporaciones policiacas, con el objeto de evitar que mediante la impunidad, se sigan desarrollando actividades delictivas en perjuicio de la sociedad, ya que desde la administración anterior, se han venido incrementando como se demuestra en las estadísticas contenidas en el Programa Integral de Seguridad Pública del Estado de Baja California, mismas que revelan que la institución que usted representa, es la responsable de investigar y aportar las pruebas para evitar que mensualmente se sigan robando en Baja California 2,682 vehículos, de los cuales el municipio de Tijuana resalta con 1,860 robos de automotores; Mexicali 484; Ensenada 192; Playas de Rosarito 77 y Tecate 69; también, le corresponde investigar los 1,120 robos mensuales a casas habitación que se registran en el estado y que repercuten en el patrimonio de 437 familias de Tijuana; 276 de Mexicali; 128 de Ensenada; 26 de Playas de Rosarito y 56 de Tecate.

A su dependencia le corresponde investigar y esclarecer los 255 homicidios violentos que se registraron en Baja California durante el año 2007 y los 123 que se han presentado en lo que va del presente año, así como los numerosos secuestros y "levantones" que tanto daño hacen a la sociedad de Baja California.

Con relación a su petición, de ofrecer pruebas de la corrupción y participación de ciertos integrantes de las corporaciones policiacas con el crimen organizado y otros ilícitos, no omito manifestarle que a pesar de que constitucionalmente, la función de investigar los delitos, perseguir a los delincuentes y la de aportar pruebas para la consignación de los probables responsables, corresponde a otras instancias, principalmente a la que usted representa; también, le expreso que durante las detenciones que en flagrancia ha efectuado el personal militar a mi cargo y de la información que se ha obtenido directamente de los probables responsables de hechos delictivos al momento de ser asegurados, se tienen datos suficientes, que ponen de manifiesto vertientes para iniciar la investigación correspondiente y que debieran ser tomadas en cuenta para combatir la delincuencia. Siendo estas sólo algunas:

A. El 02 de marzo del 2008, el personal militar en atención a una denuncia ciudadana, respecto a hechos delictivos que se desarrollaban en una casa de seguridad ubicada en calle Jícama No. 546, fraccionamiento Villa Floresta, delegación La Presa , Tijuana, B. C., se registro un intercambio de disparos en donde posteriormente elementos militares liberaron a una persona que mantenían secuestrada; asimismo, resultó muerto un delincuente de nombre Juan Alberto Becerra Trujillo y se detuvo a Mario Montemayor Covarrubias (a) "El Abuelo"; en el lugar de los hechos se aseguraron 4 vehículos; 16 armas largas; 2 armas cortas; 75 cargadores; así como equipo táctico policial, siendo puesto a disposición del A.M.P.F., donde se integró la indagatoria A.P./PGR/B.C./TIJ/03/08-M-lll, en la que se tiene conocimiento que el indiciado declaró que José Heredia González, jefe del Grupo Antisecuestros de la Subprocuraduría contra el Crimen Organizado de la Procuraduría General de Justicia del Estado, en Tijuana, B. C., junto con los agentes ministeriales Marco Javier Luján Rosales y Arturo Quetzalcóatl Vargas Zermeño, pertenecientes al mismo Grupo Antisecuestros y el policía municipal de Tijuana, Gustavo Adolfo Rodríguez Magaña, eran los encargados de realizar secuestros y llevar a los plagiados a la casa de seguridad que estaba a su cargo, donde personalmente "El Abuelo" se los recibía, para que posteriormente estos policías ministeriales, realizaran las negociaciones para el cobro del rescate; incluso; cabe resaltar que como titular y responsable del Grupo Antisecuestros se encontraba el Lic. Jesús Nelson Rodríguez, quien actualmente funge como su asesor en la Procuraduría General de Justicia del Estado.

¿Qué decepción causa saber que quienes tienen la encomienda de procurar hacer cumplir la ley, sean los que la vulneran por tener vínculos con la delincuencia organizada?

B. El 18 dic. 2007, con motivo del atentado en contra del Cap. Jorge Eduardo Montero Álvarez, director de Seguridad Pública Municipal de Playas de Rosarito, B.C., donde resultó muerto el agente Guillermo Castro Corona, quien formaba parte de su escolta y herido el agente Leonel Pizaña Brit, fueron señalados los agentes de la Dirección de Seguridad Pública Municipal José Inés Lucas Rodríguez, José Luis Lugo Báez (detenido después por personal militar el 01 feb. 2008 por delitos contra la salud y violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos), Marco Antonio Arias Hernández, José Luis Ballesteros Sánchez; César Beltrán Saldívar; Eduardo Bustos Ramírez; Carlos Peraza Gerardo (detenido con dos personas más el 3 de abril del 2008 por personal de la PEP ; asegurándole 7 armas largas y equipo táctico policial); Manuel Miguel Díaz Ayala; Júnior Ernesto Escobar Kigner; Karlo Omar Herrera Sánchez y Mario Alberto Herrera Sánchez, quienes en contubernio con algunos policías municipales de Tijuana, B.C,, mantienen vínculos con los líderes del crimen organizado y también se dedicaban al secuestro, "levantones", homicidios, así como dar protección al narcomenudeo, principalmente en la delegación Primo Tapia de Playas de Rosarito; es conveniente señalar además, que algunos de ellos planearon y llevaron a cabo la agresión en contra del capitán Montero; por su parte, la Procuraduría General de la República atrajo las indagatorias en contra de los señalados, al considerarlos probables responsables de los delitos contra la salud y violación a la Ley Federal de Armas de Fuego, cuyas investigaciones y en especial las de pruebas de balística, revelaron que en tal atentado se utilizaron 22 diferentes armas de fuego, mismas que fueron empleadas en otros eventos violentos suscitados en el estado, siendo los siguientes:

- El 19 dic. del 2006, el homicidio de Fernando Terán Álvarez y Noé Ríos Ortega, agentes de la PEP.

- El 22 sep. del 2007, el homicidio de Carlos Horacio Morales Méndez, agente de la PEP , y de Micael Rodríguez Hernández.

- El 30 oct. del 2007, en el enfrentamiento armado entre elementos de la Policía Federal Preventiva con integrantes de la organización "Arellano Félix" en el negocio "Mariscos Godoy" ubicado en Tijuana, B.C.

- El 04 Dic. del 2007, el homicidio de José Juan Soriano Pereyra, comandante de la Policía Municipal de Tecate.

- El 14 Ene. del 2008 en Tijuana, B.C., asalto a un camión de valores.

¿En manos de quién está la seguridad de Baja California?

C. El 09 de feb. del 2008 y debido a la coordinación e intercambio de información que se tiene con la Policía Estatal Preventiva, se tuvo conocimiento que después de una persecución; fue detenido en Tijuana, B.C., por elementos de dicha coorporación policial, Miguel Ángel Castillo Belmontes, agente de la Policía Ministerial del Estado, a quien se le aseguró una arma de fuego calibre 9 mm . marca Browning, un cargador con 10 cartuchos útiles, dos celulares, un radio nextel, una camioneta con la serie alterada, así como una bolsa que contenía en su interior cocaína, dos días después fue puesto en libertad y públicamente se mencionó que no era cocaína y que el vehículo era legal, situación por demás irregular, ya que se tuvo conocimiento que al "correr" la serie del citado automotor, se encontraba alterada y de acuerdo a información confidencial la cocaína entregada por el director de la Policía Estatal Preventiva a las autoridades judiciales del estado fue cambiada por otra sustancia, lo que motivo su libertad cuando el asunto fue turnado a la Procuraduría General de la República.

¿Qué interés de proteger a un presunto delincuente?

D. El día 08 de enero de 2008, esta comandancia de Región Militar, mediante oficio No. 022, hizo del conocimiento que: José Antonio Rodríguez Uribe, agente de la Policía Ministerial del Estado, con base en Tecate, BC, le ofreció al Cap. 1/o. de Infantería retirado Jorge Eduardo Montero Álvarez, director de la Policía Municipal de Playas de Rosarito, BC, ayudarlo a controlar la plaza y pactar con los líderes de la delincuencia organizada, con el fin de mantener el control de las bandas de secuestradores, asaltos a casa habitación y robo de vehículos, con la condición de que gestionara la salida del personal militar y de la Policía Federal Preventiva del municipio.

Por otra parte, es conveniente mencionar que los funcionarios de la Policía Municipal de Tijuana que desempeñaron los cargos más importantes en la administración anterior, constantemente hacen invitaciones al teniente coronel Julián Leyzaola, actual director de la Policía Municipal de Tijuana, para tener "pláticas de acercamiento", a lo cual, el teniente coronel no ha aceptado; por lo anteriormente señalado se hace del conocimiento que los directores de seguridad pública de procedencia militar no pactarán con la delincuencia sino que continuarán trabajando en beneficio de la sociedad de Baja California.

¿Qué decepción?

E. El día 03 de mayo del 2007, en diversos medios de comunicación a nivel nacional, se difundió un video donde el ahora occiso José Ramón Velásquez Molina, quien fuera agente de la Policía Ministerial del Estado, señaló a quien en ese entonces se desempeñaba como procurador general de Justicia del estado (Antonio Martínez Luna) junto con otros funcionarios entre estos: Martín Guzmán Montelongo (a) "El Caballo", Macario Nacay Jiménez, Hernando Villegas Delgado, Valente Tízoc Núñez Soto, Alejandro Ruiz Chaparro, Adolfo Roa Lara y Jaime Arroyo Flores, José Salas Espinoza entre otros, la mayoría pertenecientes a esa institución a su cargo, como responsables de dar protección a las organizaciones criminales, no omitiendo mencionar que el nulo avance de las investigaciones sobre la información aportada en el video, ha originado que algunos integrantes de "La Asociación Esperanza contra las Desapariciones Forzosas y la Impunidad , AC", se manifiesten públicamente para exigir que se esclarezcan las desapariciones de sus hijos, esposos y otros familiares, así como realizar por propia cuenta las investigaciones que a esa dependencia le corresponde; igualmente, algunos agraviados han hecho saber en forma personal al suscrito de la información que disponen, así como de la forma déspota e intimidatoria con la que fueron tratados por el Lic. Jesús Nelson Rodríguez, ex subprocurador de la Unidad Especializada Antisecuestros en Tijuana, BC y actualmente su asesor, para persuadirlos a no poner sus demandas; por cierto, el comandante de la Policía Ministerial Macario Nacay Jiménez señalado anteriormente por sus vínculos con la delincuencia organizada, asistía en representación de esa dependencia a su cargo a las Juntas de Coordinación de Seguridad Pública, en donde se enteraba de los asuntos y acuerdos establecidos.

¿Qué confianza se puede tener en ciertos funcionarios?

F. El 06 de febrero del presente año, en oficio número 124, se remitió información, a la primera autoridad administrativa de este municipio, en donde se hace del conocimiento que en denuncias ciudadanas, se menciona que Leocadio Núñez Meza (a) "Locadio" (hoy occiso), pertenecía a la Policía Municipal de Mexicali, B.C., trabajaba para la organización "Arellano Félix", en coordinación con el comandante y 2/o. Cmte. de la Base de Intercepción Aérea de la P.G .R. (conocidos como "El Conejo" y "Cristian") y con el Lic. David Flores Valenzuela, recibiendo una cuota mensual de 4 a 5 mil dólares para apoyar los descenso de aeronaves cargadas de drogas, así como abrirles el paso durante el traslado de enervantes hacia EU y que en esta actividad también participaba José Fernando Funes López (a) "El Fune", oficial de la DSPM de Mexicali, inmediato superior del C. Cmte. "Locadio", quienes desde la pasada administración se han dedicado a actividades ilícitas, llegando a cargar las patrullas con enervantes, en complicidad con sus superiores Jesús Samanias y Salas; por cierto, cabe mencionar que recientemente se suicidó el ex subcomandante Leocadio Núñez al reconocer su participación en los hechos delictivos.

G. El 13 nov. 2007, durante la carrera "Baja-1000", se desplomó un helicóptero Bell-206-A1 sobre la carretera federal No. 3, tramo Ensenada-San Felipe, BC, a inmediaciones del valle de San Matías, falleciendo el piloto Israel Romo Reyes y Pablo González y resultando dos personas lesionadas, posteriormente a las 20:30 hrs., del día siguiente una persona que se identificó como Miguel Cortez Nuño y ser subinspector de la PFP División Caminos, pidió a las autoridades del fuero común, que le liberaran el cuerpo de Pablo González G., quien meses después las autoridades federales confirmarían que se trataba de Merardo León Hinojosa (a) "El Abulón", por cierto, Miguel Cortez Nuño, subinspector de la PFP División Caminos asistía a las Juntas de Coordinación del Grupo Baja California y se enteraba de todos los asuntos tratados.

¿Cuántos elementos podrían tener vínculos con la delincuencia organizada?

H. El 19 abr. del presente año, se tuvo conocimiento que Mario Alejandro Ramírez Dueñas, empleado en la Procuraduría General de Justicia de Baja California, en contubernio con el agente del Ministerio Público del orden común de la Agencia Especializada de Robos de Vehículos y policías ministeriales, se encuentran vinculados con bandas dedicadas al robo de vehículos, siendo su modo de operar el siguiente: los vehículos son robados en los Estados Unidos de América e ingresados a nuestro país, posteriormente son presentados en la Unidad de Robo de Vehículos, en donde se extiende una constancia de no robo, aun cuando éstos cuenten con el reporte respectivo en el extranjero; posteriormente referidos automotores son empeñados en diferentes casas; de lo anterior existen como pruebas las constancias: No. 0055/31155 de fecha 4 de enero del 2008, firmada por el agente del Ministerio Público del orden común, adscrito a la Agencia Especializada de Robo de Vehículos, Lic. Ezequiel García Torres. Firmando también como inspector López Rivera José, y la No. 0568/387542 de fecha 7 de marzo del presente año, firmada por el agente del Ministerio Público del orden común, adscrito a la Agencia Especializada de Robo de Vehículos, Lic. Norma Alicia Gutiérrez Sevilla, firmando también como inspector Armando Serrano Quintero.

¿Esto no es corrupción?

I. Recientemente personal de la Procuraduría General de la República aseguró en la ciudad de Mexicali, BC, a una persona con más de 300 kilogramos de mariguana, siendo trasladado a las instalaciones de la subdelegación de la Procuraduría General de la República, donde posteriormente llegaron 4 elementos pertenecientes a la Policía Ministerial del Estado a tratar de liberar al detenido y la droga.

Es conveniente mencionar que existe un video que prueba estos hechos delictivos, motivo por el cual las autoridades pertenecientes a la subdelegación de la PGR pusieron la demanda correspondiente.

J. El día 5 de sep. del 2007, fueron ejecutados con armas largas, en el estacionamiento del centro comercial Wal Mart de Mexicali, Jorge Rodríguez Mundo y Jorge David Carreón Valdez, comandante el primero y efectivo el segundo de la Agencia Federal de Investigaciones (AFI). Cabe mencionar que a mediados del mes de diciembre de 2007 se presentó en este CG una persona, de la cual se reserva su nombre por seguridad, para hacer del conocimiento que la ejecución antes mencionada se debió a que ambas autoridades se apropiaron de 100 mil dólares de gente de la organización de los "Arellano Félix".

K. El 04 ene. 2008, los agentes de la DSPM de Tijuana, al atender un reporte del C-4 sobre una privación ilegal de la libertad de una persona, en el centro comercial "Las Palmas" en la delegación de La Mesa , Tijuana, BC, detuvieron a José Gálvez Rodríguez, agente activo de la AFI. Un día después y derivado de las declaraciones, son detenidos Erasmo Florentino Trujado Sánchez y Evaristo Morales Pérez, agentes de la misma corporación, por su participación en el plagio de un empresario, haciendo la aclaración que el agente Morales Pérez fue asesinado por un interno del Cereso de La Mesa , Tijuana, BC, el día 31 de marzo del 2008, lo cual impidió que ampliara la declaración de los hechos en la diligencia judicial que ya estaba programada.

¡Qué desgracia para la sociedad de Baja California!

L. De otras corporaciones no se mencionan los actos de corrupción debido a la reseña que han hecho algunos medios de comunicación, así como el espacio tan grande que ocuparían en este periódico.

Señor Procurador:

Finalmente, le hago de su conocimiento que, debido a la confianza que la sociedad le tiene al Ejército, actualmente las unidades militares de la II Región Militar disponen, aproximadamente de 2000 denuncias ciudadanas, en donde algunas señalan hechos de corrupción por parte de empleados y funcionarios que engañan y abusan de la ignorancia, pobreza y debilidad de la gente, para seguir enriqueciéndose y perjudicando a los ciudadanos en su vida, integridad, salud, patrimonio y bienestar; pero como este no es el tema que nos corresponde, sino el de las denuncias referentes a actos de corrupción que cometen algunos elementos de las corporaciones policíacas por lo que mencionaré entre otras, las siguientes denuncias ciudadanas:

- Algunos acuden quincenal y mensualmente a las narcotienditas a cobrar sus cuotas por la protección que les brindan a los narcomenudistas.

- Algunos proporcionan protección a delincuentes dedicados al tráfico de personas (polleros).

- Algunos protegen a ladrones de bancos y de cajeros automáticos.

- Algunos elementos protegen el descenso de aeronaves que trasladan enervantes.

- Algunos fungen como escolta de los principales líderes del narcotráfico.

- Algunos alquilan sus patrullas para el traslado de droga.

- Algunos funcionarios que recientemente en un aseguramiento importante de mariguana en el municipio de Ensenada, BC, participaron en coordinación con personal militar, no sólo en el manejo de la información, sino también en la localización de la droga, mismos que posteriormente solicitaron a las autoridades militares que no fueran a mencionarse sus nombres, por lo que debido a esto y también por otras razones, se les perdió la confianza.

- Funcionarios que buscan ostentar el poder para favorecer a las organizaciones criminales, como es el caso de su asesora, a quien se le relaciona con una gran cantidad de irregularidades, que han perjudicado a la sociedad, relacionándola también con una organización denominada "El Comando Negro" que operaba en Ensenada, BC.

- Algunos elementos que extorsionan a la población y además cobran cuotas a los ladrones de vehículos y vendedores de partes robadas de los mismos.

- Agentes y peritos que modifican escenas del crimen y desaparecen pruebas, para evitar el esclarecimiento de los delitos y favorecer a los delincuentes.

- Funcionarios encargados de la administración y procuración de justicia que realizan una mala integración de las averiguaciones previas para evitar la consignación de los detenidos o favorecerlos durante su proceso judicial.

- Irregularidades que se cometen en los ceresos cotidianamente.

Por lo anteriormente expuesto espero haber dado respuesta a la petición del C. Procurador general de justicia del estado, esperando que se adopten las medidas correspondientes para continuar las acciones de depuración y se evite la comisión de delitos, por parte de elementos de las instituciones o corporaciones encargadas de velar por la seguridad, el orden, la paz pública y la procuración de justicia.

Señor director:

Aprovecho el espacio que me brinda su periódico, para hacer del conocimiento de la sociedad de Baja California, que el personal de la II Región Militar, continuará cumpliendo con las órdenes giradas por el señor Presidente de la República y del señor Secretario de la Defensa Nacional , para enfrentar con decisión, perseverancia, eficacia y honestidad, las actividades relacionadas contra el narcotráfico y la delincuencia organizada; además, se mejorará la coordinación con Policía Estatal Preventiva, los mandos de las policías municipales, así como con los nuevos comandantes de la Policía Federal , con la finalidad de tener mejores resultados en el combate a la delincuencia organizada, haciendo mención que recientemente se estableció comunicación con el C. Gobernador del Estado y con los CC. Secretario de gobierno y de Seguridad Pública de esta entidad federativa, para establecer. Las medidas que permitan enfrentar con éxito las actividades delictivas.

Por las atenciones prestadas le hago presente. Mi agradecimiento, quedando de usted su atento y seguro servidor.

El General de División DEM

Sergio Aponte Polito"


Las palabras de DANILO LUGO quedan mas que demostradas, si a todo esto agregamos tambièn la nota de ENRIQUE GALVAN OCHOA, en la cual habla de la remociòn del General Aponte Polito y su traslado a la ciudad de Mèxico, nota del doce de agosto del dos mil ocho, publicada en el Diario Mexicano LA JORNADA, cuya direcciòn transcribo a continuaciòn:


http://www.jornada.unam.mx/2008/08/12/index.php?section=opinion&article=006o1eco


"El General resistió los cañonazos

El general de división Sergio Aponte Polito fue hasta hace unos días comandante de la segunda Región Milita; abarca los estados de Sonora y las dos Baja Californias. Emprendió una batalla muy fuerte contra el hampa, abrió una línea telefónica para que el público hiciera denuncias, asestó varios golpes a la delincuencia, y, algo importantísimo, se ganó la confianza de las familias y los hombres de negocios. Pronto se dio cuenta de que algunos funcionarios de la procuraduría de justicia de Baja California (norte), estaban coludidos con los hampones y los denunció en una comentada carta que publicó en la prensa local. El balconazo provocó el enojo del gobernador panista José Guadalupe Osuna Millán, pero el militar le contestó con pruebas abundantes. No fue la primera fricción. En febrero de 2007, cuando otro panista, Eugenio Elorduy, aún gobernaba la entidad, el jefe militar responsabilizó a su administración de proteger al narcotráfico. Elorduy, multimillonario, temporalmente está en la banca, es de la gente de Santiago Creel. En cambio, Lupillo Osuna Millán es de los cercanos a Felipe Calderón. ¿Cuál creen que fue el epílogo de la escaramuza? ¿Abrieron juicio político al gobernador, llamaron a cuentas al ex gobernador, iniciaron un expediente contra los funcionarios a los que denunció? No, nada de eso. Quitaron al general. El día primero de este mes recibió notificación de que debería salir de Baja California –a la voz de ¡rompan filas!– y concentrarse en la ciudad de México… hasta eso que lo removieron con elegancia, fue nombrado presidente del Supremo Tribunal Militar. Sucesos como éste nos muestran la distancia enorme que existe entre las palabras y los hechos. Un general que resistió los cañonazos de la corrupción fue removido porque estorbaba a los funcionarios del gobierno panista bajacaliforniano. Cotejado con la realidad, el discurso del secretario de Gobernación, Juan Camilo Mouriño, ayer, anunciando nuevas acciones contra la delincuencia, el secuestro en particular, suena hueco. Es más o menos lo mismo que dijo Vicente Fox cuando presentó su programa de 10 puntos después de la marcha ciudadana de junio de 2004. Pasaron cuatro años y la situación está peor."

Por todo esto es claro que el discurso de Alejandro Martì del veintiuno de agosto del dos mil ocho, es hoy la voz de muchos mexicanos: "SI NO PUEDEN, ¡RENUNCIEN!





POR TODO ESTO, LAS PALABRAS DE FELIPE CALDERÒN, DE JUAN CAMILO MOURIÑO, DE EDUARDO MEDINA MORA, DE GENARO GARCÌA LUNA SUENAN HUECAS Y DESGASTADAS.

SI NO LO CREES, VE ESTOS OTROS VIDEOS:

¿Y QUÈ PASO CON ESTO?, PUES QUE ERA MAS IMPORTANTE COMBATIR A LÒPEZ OBRADOR.


¿TENEMOS POCOS HOMBRES? Y LOS MANDAN A ATENCO, A OAXACA, A RODEAR LA CÀMARA DE DIPUTADOS, PUES ERA MAS IMPORTANTE COMBATIR A LÒPEZ OBRADOR.


PARA PROTEGERNOS NOSOTROS MISMOS, DE LOS MISMOS POLICÌAS Y GOERNANTES ACTUALES, ES IMPORTANTE VER EL SIGUIENTE VIDEO NO HECHO POR MEXICANOS.

NO SEAS VÌCTIMA.


Despuès de ver todos estos videos y notas periodìsticas, creo que llegamos a la convicciòn de que esta situaciòn de inseguridad se debe a lo expresado por el GENERAL SERGIO APONTE POLITO en su carta aquì transcrita y a lo expresado por el DANILO LUGO. ¿Còmo podrìamos vivir con paz y seguridad si estamos siendo gobernados por delincuentes?, por servidores pùblicos ligados con los delincuentes, agentes del ministerio pùblico y jueces delincuentes, principalmente por Felipe Calderòn que se hizo de la Presidencia de la Repùblica "HAIGA SIDO COMO HAIGA SIDO".


Despuès de todo esto llegamos a la conclusiòn de que si algunos delincuentes en México no pueden ser encontrados por la policía es porque no quieren. Tambièn llegamos a la conclusiòn de que sì es posible prevenir y evitar los delitos, si hubiera mas servidores publicos de la talla del General SERGIO APONTE POLITO.

Cualquiera puede ser víctima de cualquier delito o de cualquier conducta ilícita, en cualquier momento y en cualquier lugar. No solo eventualmente podríamos ser víctimas de delincuentes comunes y corrientes como aquellos que roban un coche o en una casa habitación, sino también de un juez que dicta una sentencia contraria a las constancias y documentos que obran en el expediente, o de cualquier servidor público que ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima, o sin satisfacer todos los requisitos legales.

La seguridad pública es la función a cargo del Estado que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos, tal como la define el artículo tercero de la
LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACIÒN DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÙBLICA.

El artículo 21 de nuestra Constitución Federal establece que tenemos derecho a ser juzgados por los jueces; que la investigación y persecución de los delitos incumbe al Ministerio Público, y que compete a las autoridades administrativas como el Presidente de la República, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, los Gobernadores de los Estados y los Ayuntamientos, la aplicación de sanciones por las infracciones cometidas en contra de los reglamentos gubernativos y de policía, las que únicamente consistirán en multa o arresto.


Para salvaguardar nuestra integridad y nuestros derechos, así como para preservar las libertades, el orden y la paz públicos, el gobierno Federal, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, se coordinarán para establecer un Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Para proteger nuestra integridad y nuestros derechos, la LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACIÒN DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA, ha previsto los medios y mecanismos para enterarnos de cualquier delito que se cometa en cualquier casa, comercio u oficina pùblica y en la vìa pùblica al frente de cada uno de estos inmuebles, es decir, en cualquier lugar del paìs, incluso para conocer a los delincuentes que tenemos de vecinos.

Esta Ley ordena la instalación del Consejo Nacional de Seguridad Pública, el cual, según el artículo 12, se integra de la siguiente manera:


I. El Secretario de Seguridad Pública, quien lo presidirá;
II. Los Gobernadores de los Estados;
III. El Secretario de la Defensa Nacional;
IV. El Secretario de Marina;
V. El Secretario de Comunicaciones y Transportes;
VI. El Procurador General de la República;
VII. El Jefe del Gobierno del Distrito Federal; y
VIII. El Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública."



En el artículo 18 de esta ley de seguridad pública se ordena que en el Distrito Federal y en los Estados se establecerán Consejos Locales encargados de la coordinación, planeación y supervisión del Sistema Nacional de Seguridad Pública en sus respectivos ámbitos de gobierno y que en el caso de los consejos estatales, participarán los municipios.



En el Estado de México, el artículo 107 de la Ley de Seguridad Pública Preventiva, establece que el Consejo Coordinador Estatal de Seguridad Pública, está integrado de la siguiente manera:



I. El Gobernador del Estado, quien lo presidirá;
II. El Secretario General de Gobierno;
III. El Secretario de Comunicaciones;
IV. El Secretario de Transporte;
V. El Procurador General de Justicia;
VI. El Presidente de la Comisión encargada de la seguridad pública del Poder Legislativo del Estado;
VII. Los presidentes municipales de las cabeceras de los Distritos Judiciales;
VIII. Los representantes o delegados en el Estado de las autoridades federales que integran el Consejo Nacional de Seguridad Pública; y
IX. El Comisionado de la Agencia de Seguridad Estatal, quien fungirá como Secretario Ejecutivo.



También, en el Estado de México, el artículo 120 de la Ley de Seguridad Pública Preventiva, establece que los Consejos de Coordinación Municipal están integrados por:



I. El Presidente Municipal, quien lo presidirá;
II. El Secretario del Ayuntamiento;
III. El Delegado de Transporte Terrestre del Gobierno del Estado, de existir esa representación;
IV. El Primer Síndico o Síndico, en su caso;
V. El Regidor vinculado con la comisión de Seguridad Pública Municipal, en su caso;
VI. El Director o Comandante de Seguridad Pública Municipal;
VII. Los Delegados Municipales;
yVIII. El Secretario Ejecutivo, quien será designado por el Consejo a propuesta del Presidente.



Y que incluso, estos Consejos Coordinadores Municipales, también podrán invitar a participar en sus sesiones a los Comandantes de Corporación de las Zonas Militares, localizadas en el territorio del Estado.

Estos Consejos de Seguridad Pública Nacional, Estatales y Municipales, tienen la obligación de establecer mecanismos y procedimientos para que la sociedad conozca y opine sobre las políticas de seguridad pública, para que sugiera medidas específicas y acciones concretas para mejorar esta función, para que realice labores de seguimiento, para que proponga reconocimientos por méritos o estímulos para los miembros de las instituciones policiales, para que realice denuncias o quejas sobre irregularidades y para que auxilie a las autoridades competentes en el ejercicio de sus tareas participando también en las actividades que no sean confidenciales o pongan en riesgo el buen desempeño en la función de seguridad pública, así lo ordenan los artículos 49 y 50 de la LEY GENERAL QUE ESTABLECE LAS BASES DE COORDINACIÒN DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA.


Ahora te pregunto a tì, ¿Sabes qué día sesiona en tu municipio o en tu Delegación del Distrito Federal el Consejo de Coordinación de Seguridad Pública?, ¿Sabes si está instalado y funcionando?, ¿Sabes si alguno de tus vecinos participa en este Consejo Municipal, o en el Consejo Estatal o en el Consejo Nacional?, ¿Te ha llegado a tu domicilio algún volante informándote de los servicios que te otorgan estos Consejos o invitándote a participar en sus labores de prevención de delitos y de conductas antisociales?, ¿Sabes qué hacer en caso de ser víctima de algún delito o de alguna conducta antisocial?, ¿Sabes si los Agentes del Ministerio Público que te corresponden están participando en tu Consejo Coordinador Municipal de Seguridad Pública?, ¿Sabes en manos de quién está la seguridad e integridad física de tus hijos, la tuya propia y la de tus demàs seres queridos?, ¿Conoces su nivel educativo?, ¿Por qué crees tú que existiendo esta estructura piramidal de seguridad pública no sea posible encontrar a algunos delincuentes?, ¿Estás de acuerdo que bastaría con la participación ciudadana para encontrar a cualquier delincuente?. ¿Estás de acuerdo que no necesitamos invertir más en armamento, personal humano, oficinas, vehículos, etc. si además en uso de La Función Social de nuestras ondas de radio y televisión se pusiera a trabajar a las televisoras y agencias de radio?, ¿Cuáles crees tú que son las causas que generan la comisión de delitos y de conductas antisociales?, ¿Quiénes han sido los causantes de esta situación de violencia e inseguridad pública que hemos venido padeciendo?, ¿Qué opinión te merecen los servidores públicos que integran cada uno de estos Consejos?, ¿No crees tú que Felipe Calderón se equivoca cuando dice ¡YA BASTA!, cuando él tiene a su disposición por conducto de sus Secretarios todo este Sistema Nacional de Seguridad Pública, o qué crees que quiso decir?, ¿Por que Calderòn ratificò a Joel Ortega como Jefe de Seguridad Pùblica del Distrito Federal si se viò que no ha capacitado al personal que pudo haber evitado las muertes de la discoteca NEWS DIVINE el pasado viernes veinte de junio del dos mil ocho?, ¿Cuàl es la responsabilidad de Marcelo Ebrard si no puede nombrar a su Jefe de Seguridad Pùblica sin la aprobaciòn de Calderòn?, ¿Quièn fue el responsable de los mineros muertos en Pasta de Conchos durante el periodo de Fox?, ¿Quienes son los responsables de este clima de inseguridad?,


Mexicana y Mexicano, te invito a reflexionar sobre este Derecho a la Seguridad Pública, mi nombre es Juan Miguel Rivera Molina, estudié la carrera de Licenciado en Derecho en la Universidad Tecnológica de México, y por mi experiencia he aprendido que de poco sirve que yo conozca estos derechos si tú no los conoces; es necesario que tú como miembro de nuestra sociedad mexicana los conozcas para que los disfrutes pues nuestros encargados de proporcionarnos Seguridad Pública, antes de tomar posesión de sus cargos, en cumplimiento de nuestros artículos 128 y 133 de nuestra Constitución Federal se comprometieron a hacerla realidad y manifestaron que para el caso de no hacerlo: “… QUE LA NACIÒN ME LO DEMANDE”



Tenemos derecho a una mejor sociedad y a un mejor gobierno, juntos hagámoslo realidad. Espero tus comentarios y recuerda que entre todos nos enriquecemos. riveramolinajuanmiguel38@gmail.com

DERECHO A QUE NUESTROS DERECHOS SEAN SATISFECHOS INCLUYÈNDOLOS EN EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO



¿DEBE LA REFORMA PETROLERA SOMETERSE A CONSULTA POPULAR?, ¿QUÈ DICEN AL RESPECTO LOS LOCUTORES DE RADIO Y TELEVISIÒN?




Mediante el PLAN NACIONAL DE DESARROLLO, nuestro Estado Mexicano pretende resolver nuestros problemas y necesidades nacionales para preservar y perfeccionar nuestro régimen democrático, republicano, federal y representativo, así como también, la consolidación de la democracia como nuestro sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo, impulsando su participación activa en la planeación y ejecución de las actividades de gobierno.


Para la elaboración del PLAN NACIONAL DE DESARROLLO, el artículo 26 de nuestra Constitución Federal, ordena que le CORRESPONDE AL ESTADO MEXICANO organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación.


Los elementos de todo Estado son: 1.- LA POBLACIÓN, es decir, el
grupo de personas que habitan en un territorio determinado; 2.- EL TERRITORIO: constituido por el suelo, subsuelo, espacio aéreo y las aguas, en que se lleva a cabo la actividad estatal y donde el Estado ejerce sus potestades. Es el lugar geográfico en el que habita una población determinada; es el soporte físico de la Nación y del Estado; Y 3.- EL GOBIERNO: la estructura organizada asumida por cada país para el ejercicio del poder del Estado.


De lo arriba expuesto, se concluye que es al Gobierno Federal, Estatal y Municipal, al Gobierno Ejecutivo, Legislativo y Judicial y a la Población Mexicana en general, a quienes nos corresponde conjuntamente organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación.

Los fines y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo no pueden ser otros que hacer realidad nuestras garantías individuales, los derechos humanos reconocidos internacionalmente y la superación constante de nuestros órganos y niveles de gobierno para competir en el concierto de las naciones y con miras a preservar nuestra soberanía e independencia nacional.


Es al Ejecutivo Federal, al Presidente de la Republica en turno, a quien le corresponde establecer los procedimientos de participación y consulta popular para recoger las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y a los programas de desarrollo, así como también convenir e instrumentar las posteriores acciones para su ejecución.

De manera más clara y específica, el artículo 20 de la LEY DE PLANEACIÒN ordena que en el Sistema Nacional de Planeación Democrática tendrá lugar la participación y consulta de los diversos grupos sociales, con el propósito de que la población mexicana exprese sus opiniones para la elaboración, actualización y ejecución del Plan y sus programas, razón por la cual, las organizaciones representativas de los obreros, campesinos, pueblos y grupos populares, las instituciones académicas, profesionales y de investigación de los organismos empresariales y otras agrupaciones sociales, participarán como órganos de consulta permanente en los aspectos de la planeación democrática relacionados con su actividad, a través de foros de consulta popular que al efecto se convocarán.


También el artículo 21 de esta LEY DE PLANEACIÒN ordena que el PLAN NACIONAL DE DESARROLLO deberá elaborarse, aprobarse y publicarse dentro de un plazo de seis meses contados a partir de la fecha en que toma posesión el Presidente de la República, es decir, antes del primero de junio del dos mil siete, y que su vigencia no excederá del periodo constitucional que le corresponda, aunque podrá contener consideraciones y proyecciones de más largo plazo.

A su vez el artículo 32 de esta LEY DE PLANEACIÒN ordena que una vez aprobados el Plan y los programas, serán obligatorios para las dependencias de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias.

De todo lo arriba expuesto se concluye de manera clara y contundente que la elaboración del PLAN NACIONAL DE DESARROLLO, no es una atribución exclusiva ni del PAN, ni del PRI, ni del PRD ni del Presidente de la República, SINO DE TODOS LOS MEXICANOS QUE VIVIMOS EN ESTE TERRITORIO.

Aunque en la dirección de internet que abajo transcribo, la Presidencia de la República informa que celebró algunas consultas populares para la elaboración del actual Plan Nacional de Desarrollo, tù lector, ¿Sabes si antes del primero de junio del 2007 se llevó a cabo alguna consulta popular para incluir en el actual PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2006-2012, las razones para pedir al Poder Legislativo alguna modificación al artículo 27 de nuestra Constitución Federal en materia de petróleo?.


http://pnd.calderon.presidencia.gob.mx/index.php?page=resultados-de-la-consulta-ciudadana-para-el-plan-nacional-de-desarrollo-2007-2012


Yo no recuerdo que se haya llevado a cabo alguna consulta popular en esta materia.


Si este PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2006-2012 no es democrático por no ser producto de una verdadera consulta popular, se concluye que, no solo es inconstitucional sino también que el gobierno de Felipe Calderón, a todas luces, pretende con su iniciativa, violentar el artículo 27 de nuestra Constitución Federal y todo nuestro régimen jurídico, motivo por el cual, resulta legítimo que sea entonces Marcelo Ebrard Jefe de Gobierno del Distrito Federal o cualquier otro quien proponga y lleve a cabo la consulta popular que Calderón, el PAN y el PRI no quisieron realizar.


Expuesto todo lo anterior, resulta necesario preguntarnos, ¿Cuál es el nivel de estudios y de educación de los locutores de radio y de televisión que atacan y descalifican a Marcelo Ebard por proponer una consulta popular para que los mexicanos conozcamos los alcances de esta propuesta de reforma en materia de petróleo?, ¿Por qué el Secretario de Gobernación y la Secretaría de Educación Pública permiten que estos comentaristas hablen de este tema si no conocen la ley, y por qué les permiten confundir y engañar a la sociedad?, ¿Por qué Calderón, el PAN y el PRI no han querido cumplir con la ley para someter a consulta popular esta reforma petrolera?, ¿Por qué se pretende someter al Poder Legislativo un asunto que no está legalmente incluido en el actual Plan Nacional de Desarrollo?, ¿Por qué los diputados del PAN y del PRI le dan curso?



Mexicana y Mexicano, te invito a reflexionar sobre este Derecho a que se incluya en el Plan Nacional de Desarrollo los mecanismos para satisfacer nuestros Derechos, mi nombre es Juan Miguel Rivera Molina, estudié la carrera de Licenciado en Derecho en la Universidad Tecnológica de México, y por mi experiencia he aprendido que de poco sirve que yo conozca estos derechos si tú no los conoces; es necesario que tú como miembro de nuestra sociedad mexicana los conozcas para que los disfrutes pues nuestros gobernantes, antes de tomar posesión de sus cargos, en cumplimiento de nuestros artículos 128 y 133 de nuestra Constitución Federal, se comprometieron a hacerlos realidad y manifestaron que para el caso de no hacerlo: “… QUE LA NACIÒN ME LO DEMANDE”

Tenemos derecho a una mejor sociedad y a un mejor gobierno, juntos hagámoslo realidad. Espero tus comentarios y recuerda que entre todos nos enriquecemos.

Te envío mis cordiales saludos.
riveramolinajm@prodigy.net.mx

riveramolinajuanmiguel38@gmail.com

DERECHO A LA RIQUEZA, A LA CULTURA Y AL PROGRESO


¿POR QUÈ HAY TANTA POBREZA EN MÈXICO?

Para superar y no regresar a las condiciones de injusticia que vivimos durante el porfiriato, para no sufrir otra revolución como la iniciada el veinte de noviembre de 1910, todo el Estado mexicano, es decir, el Gobierno Federal, Estatal, del Distrito Federal y el Municipal, los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y nosotros la Población Mexicana que habita este territorio, acordamos que no se puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de las personas, así como también que no es posible renunciar temporal ni permanentemente a ejercer determinada profesión, industria o comercio que nos acomode y que sean lícitos. Acordamos también que en ningún caso se nos puede obligar a renunciar, perder ni menoscabar cualquiera de nuestros derechos políticos y civiles con motivo del ejercicio de nuestra profesión, industria o comercio, salvo los casos en que se nos siga un juicio en el que se nos escuche y se nos dicte sentencia en la que se nos diga que ofendimos los derechos de la sociedad. También acordamos que para la buena marcha de nuestro país, sólo podrán ser obligatorios y gratuitos, en los términos que establezcan las leyes respectivas, el trabajo impuesto como pena por la comisión de un delito, los servicios de las armas y de los jurados; también que serían obligatorios y retribuidos el desempeño de los cargos de elección popular, directa o indirecta y que tratándose de las funciones electorales y censales serían retribuidas solo cuando se realicen profesionalmente. Así se estableció en el Art. Quinto Constitucional.


Con el mismo propósito de superar y no regresar a las condiciones de injusticia que vivimos durante el porfiriato y no sufrir otra revolución, todo el Estado mexicano, convenimos en construir un Sistema Educativo Democrático que desarrolle de manera constante todas las facultades del ser humano así como también nuestra vida económica, social y cultural. Así se estableció en el Art. Tercero Constitucional.


Para los mismos fines, establecimos en el artículo 28 de nuestra Carta Magna que se debe sancionar penalmente por cometer delitos en contra de la economía nacional a todo aquel que lleve a cabo cualquier práctica que tengan por objeto elevar los precios en perjuicio de nosotros la Poblaciòn Consumidora.


De todo lo arriba expuesto se concluye que México debería ser un país de mujeres y de hombres de todas la edades bien educados, muy desarrollados en lo económico, en lo social y en lo cultural, sin pobreza, sin desempleo, con abundancia de productos y servicios buenos, bonitos y baratos, sin monopolios, con muchas empresas manufactureras y de servicios, que exportaríamos más de lo que importaríamos, que no tendríamos necesidad de salir a otros países en busca de empleo, ni de educación, sino mas bien, estaríamos implantando nuestras empresas mexicanas en países menos desarrollados.


Pero entonces, ¿Qué nos ha pasado?, ¿Por qué el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica está construyendo un muro en nuestra frontera para impedir la entrada de tanto mexicano pobre muerto de hambre?, ¿Por qué no construye otro muro en su frontera con Canadá?, ¿Por qué muchos mexicanos carecemos de vivienda, de auto, de buena educación, de empleo?, ¿Por qué no podemos viajar por el mundo como lo hacen gente de otros países?, ¿Por qué nuestros reclusorios son insuficientes para albergar a tantos delincuentes?, ¿Por qué creció tanto el narcotráfico que se tuvo que recurrir al ejército para combatirlo?, ¿Qué es entonces lo que han hecho todo este tiempo los gobiernos emanados del PRI, del PAN y del PRD para hacer realidad estos mandatos constitucionales?, ¿Qué es lo que dicen los locutores de la radio, de la televisión y los que escriben en los periódicos sobre estos temas?, ¿Qué es lo que hemos hecho o dejado de hacer nosotros la Población, quienes somos uno de los elementos del Estado Mexicano, para que vivamos en esta situación? ¿Por qué no hemos hecho realidad estas órdenes constitucionales para vivir en la riqueza y en el progreso?


Mexicana y Mexicano, te invito a reflexionar sobre este Derecho a la Riqueza, a la Cultura y al Progreso, mi nombre es Juan Miguel Rivera Molina, estudié la carrera de Licenciado en Derecho en la Universidad Tecnológica de México, y por mi experiencia he aprendido que de poco sirve que yo conozca estos derechos si tú no los conoces; es necesario que tú como miembro de nuestra sociedad mexicana los conozcas para que los disfrutes pues nuestros encargados de proporcionarnos las condiciones necesarias para la creación de Riqueza, Cultura y Progreso antes de tomar posesión de sus cargos, en cumplimiento de nuestros artículos 128 y 133 de nuestra Constitución Federal, se comprometieron a hacerlos realidad y manifestaron que para el caso de no hacerlo: “… QUE LA NACIÒN ME LO DEMANDE”


Tenemos derecho a una mejor sociedad y a un mejor gobierno, juntos hagámoslo realidad. Espero tus comentarios y recuerda que entre todos nos enriquecemos.

Te envío mis cordiales saludos.
riveramolinajm@prodigy.net.mx

DERECHO A UN SALARIO MÌNIMO SUFICIENTE PARA SATISFACER LAS NECESIDADES DE UN HOGAR.


¿POR QUÈ EL DINERO NO ALCANZA?
Nuestra Constitución Federal, nuestra Ley de Leyes, ordena que los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos, tal como se lee en el segundo párrafo de la fracción VI sexta del artículo 123.


Esta misma orden se reitera en el segundo párrafo del artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo.


¿Es posible pagar el salario mínimo suficiente constitucional? Se supone que sí y para ello, el artículo 3º de nuestra Constitución ordena que tenemos derecho a un Sistema Educativo Democrático que desarrolle de manera constante todas las facultades del ser humano así como también nuestra vida económica, social y cultural; para ello también, el artículo 28 de nuestra Constitución ordena que se debe sancionar a todo aquel que lleve a cabo cualquier acto que tenga por objeto elevar los precios en perjuicio de nosotros los consumidores, pues incurren en diversos delitos cometidos en contra de la economía popular; para pagar este salario mínimo suficiente, el artículo 5º de nuestra Constitución establece que no tiene validez ningún contrato de trabajo que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de las personas, ni que tampoco es posible renunciar temporal ni permanentemente a ejercer determinada profesión u oficio que nos acomode y que sean lícitos; en conclusión, si en México se respetaran estas ordenes para que tengamos el verdadero sistema educativo democrático que desarrolle todas la facultades del ser humano y un sistema económico que sancione de manera eficaz todas aquellas prácticas que den como resultado el alza de los precios, claro que sería posible pagar ese salario mínimo suficiente constitucional, pues no habría desempleo porque tendríamos muchas empresas manufactureras y de servicios, no habría ignorancia porque seríamos mexicanos muy desarrollados capaces de fabricar cualquier cosa, habría producción en abundancia tanto para satisfacer las necesidades internas como para vender a otros países, y por lo mismo tampoco habría pobreza, seríamos un país de mujeres y de hombres de todas la edades bien educados y muy desarrollados en lo económico, en lo social y en lo cultural.


Pero entonces, ¿Qué es lo que ha pasado?, ¿Por qué la Comisión de Salarios Mínimos de nuestro gobierno del PAN por conducto del Sistema de Administración Tributaria y según su página de internet que abajo transcribo, nos dicen que en las diferentes zonas del país, el salario mínimo es por las siguientes cantidades?


http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/informacion_frecuente/salarios_minimos/
"Actualización: 07/enero/2008, información vigente. Salarios mínimos 2008 Vigentes a partir del 1 de enero de 2008, establecidos por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 2007.

Área geográfica Pesos

A” .................................. $52.59
B” .................................. $50.96
C” ................................... $49.50

Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2008 ( 264 kB)"


Independientemente de la zona del país en la que vivas, ¿Para cuántos kilos de tortilla, de frijol, de huevo, de carne, de verduras, para cuántos litros de leche, de aceite, para cuántas piezas de pan te alcanza un salario mínimo diario?, ¿Y para los gastos escolares, para los gastos médicos, para la renta de una vivienda, para ropa, para zapatos, detergentes, etc.?, ¿Estás de acuerdo que estos no son el salario mínimo suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos?, ¿Entonces por qué el Gobierno del PAN está pagando por conducto de los empleadores un salario mínimo insuficiente violatorio de nuestra Constitución?, ¿Qué es lo que están haciendo los diputados y senadores del PAN, del PRI y del PRD para que se cumpla y se haga cumplir este mandato constitucional?, ¿Qué es lo que han hecho en el pasado?, ¿Será porque nunca se ha sancionado a alguien por llevar a cabo actos que han dado como resultado el alza de los precios?, ¿Será porque no existen suficientes empresas manufactureras ni de servicios?, ¿Hasta cuándo crees tú que el PAN, el PRI o el PRD harán realidad este mandato constitucional?, ¿Será esta falta de empleo con salario mínimo digno una de las causas de tanta delincuencia en México?, ¿Qué están haciendo los empresarios mexicanos y del extranjero asentados en nuestro país para hacer realidad este mandato constitucional?, ¿Qué es lo que está haciendo el Secretario del Trabajo de este Gobierno de Felipe Calderón para que se deje de violar nuestra Constitución?, ¿Qué es lo que dicen los locutores de la radio, de la televisión y los que escriben en los periódicos sobre estos temas?, ¿Cuál es la causa de tanto pobre en México? ¿Por qué no podemos tener una mejor calidad de vida como la de los paises mas desarrollados?

Para enriquecer estas reflexiones, te invito a ver los siguientes videos:

SALARIO MÌNIMO EN MÈXICO

http://www.youtube.com/watch?v=FKocnAG57eE

SALARIO MÌNIMO 8 HORAS DOCUMENTAL

http://www.youtube.com/watch?v=-rUIwMJ_uEs


Pobreza en México


http://www.youtube.com/watch?v=_PQPQF4F-KM&feature=related


Mexicana y Mexicano, te invito a reflexionar sobre este Derecho al Salario Mínimo Suficiente Constitucional, mi nombre es Juan Miguel Rivera Molina, estudié la carrera de Licenciado en Derecho en la Universidad Tecnológica de México, y por mi experiencia he aprendido que de poco sirve que yo conozca estos derechos si tú no los conoces; es necesario que tú como miembro de nuestra sociedad mexicana los conozcas para que los disfrutes pues nuestros encargados de proporcionarnos las condiciones para el pago de un salario mínimo digno, antes de tomar posesión de sus cargos, en cumplimiento de nuestros artículos 128 y 133 de nuestra Constitución Federal, se comprometieron a hacerlas realidad y manifestaron que para el caso de no hacerlo: “… QUE LA NACIÒN ME LO DEMANDE”


Tenemos derecho a una mejor sociedad y a un mejor gobierno, juntos hagámoslo realidad. Espero tus comentarios y recuerda que entre todos nos enriquecemos

Te envío mis cordiales saludos.
riveramolinajm@prodigy.net.mx

riveramolinajuanmiguel38@gmail.com

¿POR QUÈ EL PODER LEGISLATIVO MEXICANO PERMITE AL PODER EJECUTIVO Y AL PODER JUDICIAL PRIVAR DE SU LIBERTAD A LOS MEXICANOS BASÀNDOSE EN SUPOSICIONES?


DERECHO A DEFENDERTE DURANTE LA AVERIGÜACIÒN PREVIA

Te invito a ver los siguientes videos:

1.- EL TUNEL DEL TIEMPO

http://www.youtube.com/watch?v=hfFOSe2Ok5Y


http://www.youtube.com/watch?v=PKDyvQqFdeI&feature=related

2.- LA VIDA DETRAS DE LAS REJAS


http://www.youtube.com/watch?v=zTht4e6SQBI



En estas fechas escuchamos en la radio un promocional de alguna Comisión de Derechos Humanos que dice estar impulsando la idea de: “INVESTIGAR PARA DETENER Y NO DETENER PARA INVESTIGAR”.

Este promocional deja en claro que los Agentes del Ministerio Público han estado solicitando a los jueces penales ordenes de aprehensión en contra de mexicanos para investigarlos, lo cual se ha estado concediendo ante la tolerancia de las Comisiones según protectoras de Derechos Humanos, reconociéndose en consecuencia el estado de desprotección que hemos padecido todo este tiempo.



Antes de que entren en vigor las reformas al artículo 16 de nuestra Constitución Federal del dieciocho de junio de este año dos mil ocho, el artículo 16 vigente ordena que: “No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten el cuerpo del delito y que hagan probable la responsabilidad del indiciado.”


Si analizamos esta orden constitucional concluimos que para que se ordene la privación de la libertad de cualquier mexicano o extranjero, se requiere lo siguiente:


1.- Que sea un juez penal el que dicte la orden de aprehensión.


2.- Que se requiere la denuncia de cualquier persona cuando se trate de aquellos delitos que la ley ordena que deban perseguirse de oficio, por atentar contra los altos intereses de la sociedad.


3.- Que se requiere de la querella de la persona directamente dañada por el acto delictivo, tratándose de los delitos en los cuales la ley exige querella.


4.- Que la ley establezca que el delito de que se trata sea sancionado con pena de prisión, pues existen otros que no se castigan con cárcel.


5.- Que existan datos que ACREDITEN el CUERPO DEL DELITO, es decir:


A).- Según la página del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, ACREDITAR ES:

http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=ACREDITAR


“acreditar.1. tr. Hacer digno de crédito algo, probar su certeza o realidad. U. t. c. prnl.2. tr. Afamar, dar crédito o reputación. U. t. c. prnl.3. tr. Dar seguridad de que alguien o algo es lo que representa o parece.4. tr. Dar testimonio en documento fehaciente de que alguien lleva facultades para desempeñar comisión o encargo diplomático, comercial, etc.5. tr. Com. abonar (‖ tomar en cuenta un pago).6. tr. Com. abonar (‖ asentar una partida en el haber).7. prnl. Lograr fama o reputación.Real Academia Española © Todos los derechos reservados”



B).- Y en el mundo de los abogados “EL CUERPO DEL DELITO” es como un rompecabezas, es decir, si falta una pieza no se completa su figura, en otras palabras, si al cuerpo del delito le falta una pieza no existe entonces.



6.- Si no existe el delito entonces tampoco existe alguna responsabilidad.


POR LO TANTO NINGÙN JUEZ PUEDE DICTAR UNA ORDEN DE APREHENSIÒN SI NO SE CUMPLEN TODOS Y CADA UNO DE ESTOS REQUISITOS.


Pero además, la Ley establece que debe practicarse una “AVERIGÜACIÒN PREVIA” a la cual se le asigna un número para investigar si tal o cual persona cometió un delito, por ello, también conviene tener presente lo siguiente:


A).- Según la página del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, AVERIGÜAR ES:


http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=AVERIGUAR



"averiguar.(De lat. verificāre).1. tr. Inquirir la verdad hasta descubrirla.2. intr. El Salv. Discutir, protestar, hablar mucho.3. prnl. coloq. Avenirse con alguien, sujetarlo o reducirlo a la razón. No hay quien se averigüe CON Manuel.MORF. Conjug. modelo.Real Academia Española © Todos los derechos reservados”


B).- Según la página del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, PREVIA ES:


http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=PREVIA



"previo, via.(Del lat. praevĭus).1. adj. Anticipado, que va delante o que sucede primero.”


Es decir, para que el Agente del Ministerio Pùblico solicite a un juez penal una orden de aprehensión en contra de cualquier mexicano o extranjero se requiere que antes haya inquirido o buscado la verdad hasta descubrirla, de tal manera que tenga plenamente por acreditado el cuerpo del delito y la probable responsabilidad, es decir, que los datos de la investigación sean dignos de crédito, probados, ciertos, reales, que no falte ninguna de las piezas que integran un delito. En otras palabras, si el Agente del Ministerio Público no inquirió previamente la verdad hasta descubrirla para tener la certeza y realidad de la existencia de las piezas que integran el delito, no puede solicitar al juez penal que dicte una orden de aprehensión. Si en estas circunstancias el Agente del Ministerio Público solicita la orden de aprehensión el juez penal debe negarla.


De todo esto se concluye que nuestras Leyes ordenan que no se puede detener ni privar de su libertad a ningún mexicano ni extranjero sin tener la plena certeza de que efectivamente cometió un delito, por esto, cuando alguna Comisión según protectora de Derechos Humanos dice que SE DEBE INVESTIGAR PARA DETENER Y NO DETENER PARA INVESTIGAR, solo está manifestando que por años ha tolerado el abuso de los Agentes del Ministerio Público y de los jueces penales que dictan ordenes de aprehensión basándose en indicios, en suposiciones, en falsas creencias, acreditándose en consecuencia que México no ha sido una República porque, independientemente de los derechos de defensa de los detenidos, lo evidente es que el Poder Legislativo ha permitido por años al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial la violación a nuestra Constitución Federal.


Ahora te pregunto a tì mexicana y mexicano, ¿Cuál es la razón por la cual nuestros reclusorios se encuentran saturados por tantos presos?, ¿Cuál es la razón por la cual tenemos que construir más reclusorios, mas juzgados, mas edificios, comprar más papel, mas tintas, más computadoras, más escritorios, mas sillas, contratar más empleados, contratar más jueces, más Agentes del Ministerio Público?, ¿Cuánto se está gastando en todo esto?, ¿Cuál es el nivel académico y moral de nuestros Procuradores y Agentes del Ministerio Público?, ¿Cuál el de los Ministros de la Suprema Corte y el de los demás jueces?, ¿Cuàl el de los senadores y diputados?, ¿Qué entenderán nuestra autoridades sobre la cultura de protecciòn a los derechos humanos?, ¿Qué es entonces lo que han estado haciendo nuestras universidades y todo nuestro sistema educativo para conocer la Ley, para que se aplique debidamente?, ¿Qué están haciendo nuestros diputados y senadores para que se deje de dictar órdenes de aprehensión en contra de mexicanos basándose solo en suposiciones?, ¿Qué están haciendo en realidad las Comisiones que se dicen protectoras de los Derechos Humanos para evitar que los Agentes del Ministerio Público cometan estas violaciones a nuestra Constitución Federal?, ¿Qué hacen los Consejos de las Judicaturas para sancionar a sus jueces que conceden ordenes de aprehensión con base en suposiciones?, ¿Cuál es el daño que se causa a la integridad familiar, a los hijos, a la sociedad, cuando se interna en un reclusorio al padre o a la madre por un delito inexistente?


Mexicana y Mexicano, te invito a reflexionar sobre este Derecho de Defensa Durante la Averigüaciòn Previa para que se te oiga antes de que se ordene en tu contra la privación de tu libertad, mi nombre es Juan Miguel Rivera Molina, estudié la carrera de Licenciado en Derecho en la Universidad Tecnológica de México, y por mi experiencia he aprendido que de poco sirve que yo conozca estos derechos si tú no los conoces; es necesario que tú como miembro de nuestra sociedad mexicana los conozcas para que los disfrutes pues nuestros encargados de practicar averigüaciones previas, antes de tomar posesión de sus cargos, en cumplimiento de nuestros artículos 128 y 133 de nuestra Constitución Federal, se comprometieron a practicarlas debidamente y manifestaron que para el caso de no hacerlo: “… QUE LA NACIÒN ME LO DEMANDE”


Tenemos derecho a una mejor sociedad y a un mejor gobierno, juntos hagámoslo realidad. Espero tus comentarios y recuerda que entre todos nos enriquecemos.

Te envío mis cordiales saludos.
riveramolinajm@prodigy.net.mx

riveramolinajuanmiguel38@gmail.com

DERECHO A LA JUSTICIA.- TENEMOS DERECHO A JUECES EXCELENTES, OBJETIVOS, IMPARCIALES, PROFESIONALES E INDEPENDIENTES.



¿Qué opinas de los jueces mexicanos?,

¿Has estado en algún juicio?,

¿Se respetó tu derecho a recibir justicia pronta, completa, imparcial y gratuita?

Te invito a ver los siguientes videos:

1.- EL TUNEL DEL TIEMPO

http://www.youtube.com/watch?v=hfFOSe2Ok5Y

2.- LA VIDA DETRAS DE LA REJAS

Para hacer realidad nuestro derecho a una justicia pronta, completa, imparcial y gratuita como lo ordena el artículo 17 de nuestra Constitución Federal, el artículo 100 también de esta Ley de Leyes, establece que todo tipo de jueces del Poder Judicial Federal, para ser asignado y ratificado por el Consejo de la Judicatura en un Tribunal o Juzgado, debió haberse conducido siempre con respeto a los Principios de Excelencia, Objetividad, Imparcialidad, Profesionalismo e Independencia.

Los jueces de cada Estado de la República y del Distrito Federal también deben respetar estos Principios durante la tramitación de los juicios que resuelvan.

Para que los mexicanos no nos hagamos justicia por nuestra propia mano y tengamos confianza en las instituciones, los Consejos de la Judicatura de México deben sancionar administrativamente a los jueces cuando acepten o ejerzan consignas, presiones, encargos o comisiones, o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de alguna otra persona con poder; cuando se inmiscuyan indebidamente en cuestiones jurisdiccionales que competan a otros órganos del Poder Judicial; cuando tengan una notoria ineptitud o descuido en el desempeño de sus funciones; cuando impidan en cualquier juicio que las partes ejerzan sus derechos que legalmente les correspondan; cuando juzguen algún asunto o participen en algún acto que pueda comprometer su imparcialidad; cuando realicen nombramientos, promociones o ratificaciones infringiendo alguna ley; cuando no pongan en conocimiento del Consejo de la Judicatura cualquier acto tendiente a vulnerar la independencia de su función judicial; cuando no preserven la dignidad, imparcialidad y profesionalismo propios de la función judicial en el desempeño de sus labores; cuando emitan opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento; cuando abandonen la residencia del tribunal o juzgado del que sean titular, o dejen de desempeñar las funciones o las labores que tenga a su cargo; y cuando incurran en otras tantas conductas sancionables previstas en el artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, siempre que no fueren contrarias a la naturaleza de la función jurisdiccional. Así lo ordena el artículo 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de manera semejante las leyes orgánicas aplicables a los demás jueces de los estados de la república.

Para que los mexicanos no nos hagamos justicia por nuestra propia mano y tengamos confianza en las instituciones, las Procuradurías y sus Agentes del Ministerio Público deben investigar a los jueces corruptos que hayan incurrido en delito, solicitar en su contra el desafuero y las ordenes de aprehensión, para que a su vez los jueces penales los sancionen penalmente, los destituyan e inhabiliten, cuando incurran en las siguientes conductas: cuando tramiten juicios para los cuales tengan impedimento legal o cuando se abstengan de conocer de los que les corresponda, sin tener impedimento legal; cuando desempeñen algún otro empleo oficial o un puesto o cargo particular que la ley les prohíba; cuando litiguen por sí o por interpósita persona, cuando la ley les prohíba el ejercicio de su profesión; cuando dirijan o aconsejen a las personas que ante ellos litiguen; cuando incumplan una disposición que legalmente le comunique su superior competente, sin causa fundada para ello; cuando dicte, a sabiendas, una resolución de fondo o una sentencia definitiva que sean ilícitas por violar algún precepto terminante de la ley, o sea contraria a las actuaciones seguidas en juicio u omitir dictar una resolución de trámite, de fondo o una sentencia definitiva lícita, dentro de los términos dispuestos en la ley; cuando ejecuten actos o incurran en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja indebidos; cuando retarden o entorpezcan maliciosamente o por negligencia la administración de justicia; cuando no otorgue, y se solicite, la libertad caucional, si procede legalmente; cuando obligué al inculpado a declarar, usando la incomunicación, intimidación o tortura; cuando no tome al inculpado su declaración preparatoria dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su consignación sin causa justificada, u ocultar el nombre del acusador, la naturaleza y causa de la imputación o el delito que se le atribuye; cuando prolongue la prisión preventiva por más tiempo del que como máximo fije la ley al delito que motive el proceso; cuando no dicte auto de formal prisión o de libertad de un detenido, dentro de las setenta y dos horas siguientes a que lo pongan a su disposición, a no ser que el inculpado haya solicitado ampliación del plazo, caso en el cual se estará al nuevo plazo; cuando ordene o practique cateos o visitas domiciliarias fuera de los casos autorizados por la ley; cuando abra un proceso penal contra un servidor público, con fuero, sin habérsele retirado éste previamente, conforme a lo dispuesto por la ley; cuando ordene la aprehensión de un individuo por delito que no amerite pena privativa de libertad, o en casos en que no preceda denuncia, acusación o querella; cuando rematen, en favor de ellos mismos, por sí o por interpósita persona, los bienes objeto de un remate en cuyo juicio hubieren intervenido; cuando admitan o nombren a un depositario o entregar a éste los bienes secuestrados, sin el cumplimiento de los requisitos legales correspondientes; cuando hagan conocer al demandado, indebidamente, la providencia de embargo decretada en su contra; cuando nombren síndico o interventor en un concurso o quiebra, a una persona que sea deudor, pariente o que haya sido abogado del fallido, o a persona que tenga con el funcionario relación de parentesco, estrecha amistad o esté ligada con él por negocios de interés común; cuando no ordene la libertad de un procesado, decretando su sujeción a proceso, cuando sea acusado por delito o modalidad que tenga señalada pena no privativa de libertad o alternativa; así lo ordena el artículo 225 del Código Penal Federal y de manera semejante los demás códigos penales de la república.


Para hacer realidad nuestro Derecho a recibir justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, en el ámbito federal, semejante al ámbito estatal y del Distrito Federal, el Consejo de la Judicatura está facultado para suspender en sus funciones a los jueces que aparezcan involucrados en la comisión de un delito, y para formular denuncia o querella contra ellos en los casos en que proceda. Así lo ordena también el artículo 81 fracción XI décima primera de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Ahora te pregunto a ti mexican@, ¿te has visto inmers@ en algún juicio?, o si eres abogada o abogado, ¿Crees que los jueces que has conocido realmente se conducen con respeto a estos Principios de Excelencia, Objetividad, Imparcialidad, Profesionalismo e Independencia?, ¿Cómo te fue en tu juicio?, ¿Por què crees que se han generado presos polìticos?, ¿Algún juez que conoces incurrió en algún delito o en algunas de estas conductas sancionables?, ¿Has presentado alguna queja en contra de algún juez ante el Consejo de la Judicatura, o alguna denuncia ante el Agente del Ministerio Público?, ¿Cómo te han resuelto?, ¿El Consejo de la Judicatura impuso alguna sanción?, ¿Sabes de algún juez que se dedique a dilatar y a entorpecer la prontitud de los juicios a su cargo, o que realiza actos para obligarte a que le ofrezcas algún dinero o dádiva?, ¿Sabes de algún juez que esté siendo enjuiciado ante otro juez penal por haber incurrido en delito?, ¿Crees que los jueces han perdido la confianza y credibilidad de los mexican@s y que por ello muchos han decidido hacerse justicia por su propia mano?, ¿Tiene razón Felipe Calderón cuando dice que ¡YA BASTA! y que los jueces deben sumarse en esta lucha contra la delincuencia?, ¿Los jueces han dado lugar a esta inseguridad y delincuencia que padecemos?, ¿Crees que los Consejos de las Judicaturas, la Federal, la de los Estados y la del Distrito Federal, realmente están cumpliendo con sus obligaciones?, ¿Crees que nuestro sistema educativo realmente funciona?


Mexicana y Mexicano, te invito a reflexionar sobre este Derecho a la Justicia, mi nombre es Juan Miguel Rivera Molina, estudié la carrera de Licenciado en Derecho en la Universidad Tecnológica de México, y por mi experiencia he aprendido que de poco sirve que yo conozca estos derechos si tú no los conoces; es necesario que tú como miembro de nuestra sociedad mexicana los conozcas para que los disfrutes pues nuestros jueces y los integrantes del Consejo de la Judicatura Federal, de los Estados y del Distrito Federal, antes de tomar posesión de sus cargos, en cumplimiento de nuestros artículos 128 y 133 de nuestra Constitución Federal se comprometieron a hacerlo realidad y manifestaron que para el caso de no hacerlo: “… QUE LA NACIÒN ME LO DEMANDE”


Tenemos derecho a una mejor sociedad y a un mejor gobierno, juntos hagámoslo realidad. Espero tus comentarios y recuerda que entre todos nos enriquecemos.

Te envío mis cordiales saludos.
riveramolinajm@prodigy.net.mx